El Principado rechaza la solicitud de disolución del coto minero de Cerredo


La decisión supone, a corto plazo, que el cielo abierto
seguirá paralizado

El Principado rechaza la solicitud de disolución del coto minero de Cerredo 1

Ayer conocíamos que la Consejería de Economía y Empleo del Principado
no ha admitido a trámite la solicitud de Coto Minero Cantábrico (CMC) para que
se procediese a la disolución del coto minero de cerredo, en Degaña, integrado
por CMC y Uminsa.

El problema ahora mismo se circunscribe a la explotación a cielo
abierto de Cerredo, paralizada a falta de una solución. En interior se llegó a
un acuerdo entre las dos empresas, exclusivo para 2014. Sin embargo, los
trabajadores señalan que en el cielo abierto es más complicado técnicamente que
convivan dos empresas a la vez.

Desde el Principado señalaron que la consejería ha resuelto
de esta manera «al no existir un acuerdo entre las sociedades que en el año
2009 constituyeron de forma voluntaria el citado coto, ni tampoco una decisión del
orden jurisdiccional competente que procediese a su disolución». 
Para la resolución el gobierno regional ha tenido en cuenta
las alegaciones de ambas partes y los autos de los juzgados que llevan los
procesos concursales de CMC y Uminsa. Considera que la solicitud de disolución
«no se sustenta en ninguno de los motivos que pudieran dar lugar a una revisión
de oficio de la resolución por la que se autorizó la constitución voluntaria
del coto en su momento».
La administración concursal de CMC solicitó el 13 de agosto
de 2014 la solicitud de caducidad o disolución del coto. El Principado abrió
entonces un expediente de tramitación en el que pudieron presentar alegaciones
tanto Uminsa como la Compañía Minera Astur Leonesa, adjudicataria provisional de
CMC y titular administrativa condicionada de las concesiones mineras de CMC en
el coto minero de Cerredo. 

Comunicado de Uminsa

Tras conocer la decisión del Principado, desde Uminsa se
emitió un comunicado señalando que la resolución «pone de manifiesto la
improcedencia de la solicitud de la administración concursal de CMC». Explican
que el auto que aprueba el plan de liquidación de la compañía, ya estableció
que «la resolución del coto se debe instar en vía judicial, previo traslado a
la otra parte y evaluación y posterior indemnización de los daños que se le
causen».
Desde Uminsa también califican de «incongruente» la posición
de la administración concursal de CMC, ya que, «por una parte solicita esta disolución
y por otra ha suscrito un acuerdo para las labores subterráneas bajo el
paraguas del coto». Esas labores, apuntan, «no serían factibles sin este marco,
con lo que de disolverse existirían labores de interior que se están llevando a
cabo por CMC en liquidación que no tendrían ningún amparo legal o contractual».
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