Aquellos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75% tienen ya derecho a la prestación
- Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75% tienen ya derecho a la prestación aprobada en el último Consejo de Ministros, independientemente de su condición.
- Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661 euros para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.
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