Piden 4 años de cárcel para el conductor del accidente en el que fallecieron tres jóvenes de Tineo en Cangas en 2018

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de tres delitos de homicidio por imprudencia grave

Varias de las familias han renunciado a las acciones e indemnizaciones que puedieran corresponderles

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 4 años de prisión y pérdida de la vigencia del carné de conducir para el acusado de un accidente de tráfico en julio de 2018 en las inmediaciones de San Pedro de Corias, Cangas del Narcea, en el que fallecieron tres jóvenes. El Ministerio Fiscal considera que el siniestro se produjo porque el acusado, que entonces tenía 18 años, «circulaba a velocidad excesiva y sin prestar la mínima atención a la conducción». La vista oral está señalada mañana, 30 de abril de 2021, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 9,30 horas.

El suceso conmocionó a la comarca del Suroccidente, en plenas fiestas de El Carmen de Cangas del Narcea. Los fallecidos eran tres jóvenes de Tineo que se desplazaban a los festejos. El Ayuntamiento de Tineo decretó tres días de luto.

Escrito de la Fiscalía

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 19:45 horas del día 15 de julio de 2018, el acusado circulaba por la carretera AS-15 en dirección a Cangas de Narcea, conduciendo un vehículo marca Citroën Xsara, propiedad de AAA. Al llegar al kilómetro 53,800, a la entrada de una curva a la derecha según el sentido de su marcha, el acusado invadió el carril contrario en el momento en que circulaba correctamente y en sentido contrario un vehículo Renault Kangoo, conducido por su propietario (1) quien, pese a apartarse a la cuneta no pudo evitar ser acometido por el vehículo conducido por el acusado.

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El accidente se produjo en una zona con la calzada ligeramente mojada, en buen estado de conservación y rodadura, con doble sentido de circulación y una anchura para cada carril de 3,50 metros separados por línea central continúa, con arcén no delimitado por encontrarse en obras, con señalización vertical de advertencia por existir una sucesión de curvas e indicación de velocidad máxima aconsejable de 60 km/h y vertical de prohibición de adelantar. Los hechos, señala la Fiscalía, se produjeron «debido a que el acusado circulaba a velocidad excesiva y sin prestar la mínima atención a la conducción».

Tras el golpe, el vehículo del acusado salió despedido de nuevo hacia la carretera y rebotó contra la valla de protección del margen derecho hasta quedar detenido en el medio de la carretera.

El siniestro trajo las siguientes consecuencias:

  • (1) El conductor del Renault Kangoo contra el que chocó el acusado, resultó con lesiones consistentes en contusión pulmonar derecha, hemotórax derecho y dorsalgia postraumática. Tardó en curar 60 días. Le quedan secuelas consistentes en agravación de algia postraumática de dorsoartrosis previa al accidente. El vehículo de su propiedad resultó con daños que impiden su reparación. El perjudicado ha renunciado en este procedimiento al ejercicio de las acciones penales y civiles que le pudieran corresponder.

En el vehículo conducido por el acusado viajaban otras cuatro personas, que padecieron las siguientes consecuencias:

  • (2) Nacido el 20 de mayo de 1998, de 20 años, que sufrió shock traumático primario con hemorragia torácica masiva y traumatismo torácico con rotura cardiaca y aortica, que provocaron su fallecimiento. Sus padres han renunciado a cuantas acciones pudieran corresponderles.
  • (3) nacida el 31 de marzo de 2000, de 18 años, que sufrió hematoma intraparenquimatoso de cerebro talámico izquierdo y edema cerebral traumático, así como posterior parada cardiorrespiratoria que provocó su fallecimiento. Sus padres, sus abuelos y su hermana han renunciado a toda indemnización que pudiera corresponderles.
  • (4) que sufrió lesiones consistentes en policontusiones en hombro derecho y zona escapular izquierda, distensión muscular del trapecio derecho y erosión en el hombro derecho. Precisó primera asistencia médica y tratamiento médico de rehabilitación. Tardó en curar 33 días.
  • (5) nacida el 14 de febrero de 1997, de 21 años, que sufrió traumatismo primario con hemorragia torácica masiva y traumatismo torácico con rotura de arteria aorta torácica y bazo, lo que provocó su fallecimiento. En el momento de producirse residía con su madre, con el marido de esta y su única hermana.

Por la asistencia a los lesionados se ocasionaron gastos en el Servicio Público de Salud del Principado de Asturias (SESPA), que han sido abonados por la compañía de seguros.

Tres delitos de homicidio por imprudencia grave

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de tres delitos de homicidio por imprudencia grave del artículo 142.1, párrafos primero y segundo del Código Penal, y dos delitos de lesiones por imprudencia grave del artículo 152.1.1º y párrafo cuarto del Código Penal, todos ellos en concurso ideal.

Y solicita que se condene al acusado a 4 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 6 años, lo que comporta la pérdida de vigencia del permiso.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado, y como responsable civil directa y solidaria la compañía de seguros y como responsable civil subsidiaria la propietaria del vehículo, abonen las siguientes indemnizaciones:

    • A (4): 1.392,93 euros.
    • A la madre de (5): 71.297,80 euros.
    • Al marido de esta: 71.297,80 euros.
    • A la hermana de (5): 25.972,76 euros.
    • No procede indemnizar en cantidad alguna al padre biológico de (5), al haberse acreditado en el procedimiento que nunca tuvo ningún tipo de relación con la fallecida.